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Reforma de Pensiones en Chile PGU nueva cotización y el fin de las AFP
Reforma de Pensiones en Chile PGU nueva cotización y el fin de las AFP. La reforma de pensiones en Chile establece un sistema mixto que eleva la PGU a $250.000 e introduce una nueva cotización del 8,5% a cargo del empleador. Asimismo, reestructura la industria eliminando el modelo tradicional de las AFP, reemplazandolo por fondos generacionales, comisiones ligadas al desempeño y un seguro social solidario.
Reforma de Pensiones en Chile PGU nueva cotización y el fin de las AFP.
Análisis detallado de los Cambios Estructurales al Sistema Previsional.
La reciente reforma al sistema de pensiones en Chile representa uno de los cambios estructurales más significativos en la historia económica y social del país. Durante décadas, el sistema se basó casi exclusivamente en la capitalización individual administrada por las AFP. La nueva normativa busca transitar hacia un sistema mixto, equilibrando el esfuerzo individual, el aporte de los empleadores y la solidaridad estatal, con el objetivo principal de elevar las pensiones actuales y futuras, corrigiendo brechas históricas de desigualdad.
A continuación, se detalla ampliamente cada uno de los pilares y transformaciones que introduce esta legislación:
1. Fortalecimiento de la Pensión Garantizada Universal. (PGU)
La PGU se ha consolidado como el piso mínimo de protección social para la vejez. La reforma no solo aumenta el monto, sino que establece un cronograma para garantizar su sostenibilidad fiscal.
1) Aumento del monto: El beneficio base pasa de los $224.004 originales a un nuevo estándar de $250.000 mensuales. Este monto busca asegurar que ningún adulto mayor quede por debajo de la línea de la pobreza.
2) Implementación progresiva: Para no sobrecargar las arcas fiscales de manera repentina, el aumento se aplica en tres fases, priorizando a los grupos de mayor edad:
a) Septiembre de 2025: Cobertura inicial para los adultos mayores de 82 años o más.
b) Septiembre de 2026: Extensión a las personas de 75 años o más.
c) Septiembre de 2027: Cobertura total para todos los beneficiarios de 65 años o más.
d) Automatización: Un aspecto clave es que los beneficiarios que ya reciben la PGU no deberán realizar trámites burocráticos; el reajuste se reflejará automáticamente en sus pagos.
2. Nueva Cotización Previsional con Cargo al Empleador.
Uno de los cambios más profundos es el fin de la exclusividad del aporte del trabajador. Se introduce una cotización adicional financiada íntegramente por el empleador, acercando a Chile a los promedios de cotización de los países de la OCDE.
1) El nuevo 8,5% patronal: Al actual 10% que aporta el trabajador de su sueldo bruto, se suma un aporte del empleador. Este se compone de un 7% de nueva cotización, más el 1,5% que las empresas ya aportaban por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), consolidando un total de 8,5% a cargo de la empresa.
2) Gradualidad para proteger el empleo: Para evitar un impacto negativo en la creación de empleos y dar tiempo a las empresas (especialmente pymes) para adaptarse, este 7% adicional se implementará de manera escalonada durante un período de 9 años (hasta 2033).
3) Distribución de los fondos:
a) 4,5% a Capitalización Individual: Este porcentaje irá directamente a la cuenta personal del trabajador, aumentando su ahorro histórico para la vejez.
b) 4,0% al Seguro Social: Este porcentaje financiará un fondo solidario colectivo, diseñado para mejorar las pensiones actuales y corregir inequidades.
3. Creación del Seguro Social Previsional.
Este fondo, administrado por una nueva entidad pública (el Fondo Autónomo de Protección Previsional), introduce por primera vez un mecanismo de solidaridad inter e intrageneracional robusto, enfocado en premiar la cotización formal y proteger a los grupos más vulnerables.
1) Beneficio por Años Cotizados (Premio a la formalidad): Busca incentivar el trabajo formal y mejorar las pensiones de la actual clase media jubilada. Entrega un bono adicional equivalente a 0,1 UF mensual por cada año cotizado en el sistema, con un tope máximo de 25 años.
a) Requisitos: Exige un mínimo de 20 años de cotización para los hombres y 10 años para las mujeres (este último aumentará gradualmente a 15 años). Comenzó a pagarse en enero de 2026.
2) Compensación por Expectativa de Vida (Equidad de Género): Históricamente, las mujeres en Chile han recibido menores pensiones, en gran parte porque las tablas de mortalidad calculan que vivirán más años que los hombres, diluyendo sus ahorros en un período más largo, además de tener lagunas previsionales por labores de cuidado. Este fondo solidario inyectará recursos específicos para igualar las pensiones de hombres y mujeres que se jubilen a la misma edad y con el mismo nivel de ahorro, eliminando esta "penalización" demográfica.
3) Cobertura de lagunas por cuidados: El seguro también contempla mecanismos para integrar cotizaciones a aquellas personas (mayoritariamente mujeres) que deban interrumpir su vida laboral formal para dedicarse al cuidado de dependientes, hijos o adultos mayores.
4. Reestructuración Profunda de la Industria. (Fin de las AFP tradicionales)
La reforma cambia drásticamente la forma en que se administran los fondos, buscando reducir costos, alinear incentivos y facilitar la toma de decisiones para los afiliados.
1) Transición a Fondos Generacionales (Target Date Funds): A partir de abril de 2027, el esquema de Multifondos (A, B, C, D y E) desaparece. Será reemplazado por Fondos Generacionales.
b) ¿Cómo funciona? A cada trabajador se le asignará un fondo correspondiente a su cohorte de edad (año de nacimiento). Cuando el trabajador es joven, su fondo invierte en instrumentos de mayor riesgo y rentabilidad (como acciones). A medida que la persona envejece y se acerca a la edad de jubilación, el fondo automáticamente vuelve su estrategia más conservadora para proteger el capital acumulado. Esto elimina el riesgo de que los afiliados tomen malas decisiones financieras cambiándose de fondo en momentos inoportunos.
2) Apertura del mercado a Nuevos Actores: Para aumentar la competencia y reducir el monopolio de las actuales administradoras, se permitirá que entidades no bancarias, como Cajas de Compensación y Cooperativas de Ahorro y Crédito, puedan crear filiales para administrar fondos de pensiones, siempre que cumplan con estrictos estándares regulatorios.
3) Comisiones basadas en el desempeño: Se acaba la lógica de que la administradora siempre gana, incluso si los fondos de los trabajadores pierden valor. La nueva normativa establece que las comisiones tendrán un componente variable: un premio o un castigo de hasta un 15% en la comisión cobrada, dependiendo directamente de si la administradora logró rentabilidades positivas o si el fondo sufrió pérdidas.
4) Licitación periódica de cartera: Para empujar las comisiones a la baja, el Estado licitará cada dos años al 10% de los afiliados del sistema. Estos afiliados serán traspasados automáticamente a la administradora que ofrezca la comisión más baja del mercado. Sin embargo, se respeta la libertad de elección: si un afiliado licitado no desea ser cambiado, tendrá el derecho a retractarse y permanecer en su institución actual.
Pensiones en Chile: La urgencia de transformar el mundo del trabajo.
Desde Más Pensión, sostenemos una convicción fundamental: la crisis de las bajas jubilaciones en Chile no se solucionará únicamente modificando el sistema previsional. Estamos convencidos de que cualquier reforma será insuficiente si no viene acompañada de una modernización profunda del mercado laboral, inspirada en los estándares de los países desarrollados. Es imperativo implementar políticas que estimulen la contratación formal y fortalezcan el ahorro continuo; ignorar este eje estructural significa condenar al fracaso cualquier esfuerzo por mejorar las pensiones de los chilenos.
