Ley de Beneficios para Enfermos Terminales en Chile brinda un apoyo crucial a personas con enfermedades terminales, permitiéndoles acceder a sus fondos de pensiones de manera anticipada para mejorar su calidad de vida en sus últimos meses. Esta ley representa un avance significativo en la protección social, reconociendo las necesidades especiales de este grupo vulnerable y otorgándoles autonomía en sus decisiones financieras.

 

Ley de Beneficios para Enfermos Terminales en Chile

 

Ley N°21.309: Beneficios Previsionales para Enfermos Terminales

Esta Ley N°21.309, vigente desde el 1 de julio de 2021, introduce una serie de beneficios previsionales para afiliados activos y pensionados que se encuentran en condición de enfermo terminal. Un aspecto central de esta ley es la creación de un Consejo Médico, encargado de certificar dicha condición.

El Consejo Médico:
Este Consejo, compuesto por salas de al menos tres médicos cirujanos seleccionados mediante concurso público, se rige por una Norma Técnica especialmente diseñada para su aplicación. La elaboración de esta norma fue un proceso colaborativo que involucró a médicos y especialistas de diversas instituciones, quienes aportaron su experiencia de forma voluntaria para garantizar la efectividad de la ley.

El Consejo Médico de Apelación:
La ley también establece la creación de un Consejo Médico de Apelación, donde las personas que no estén conformes con la certificación de su condición de enfermo terminal pueden presentar una apelación y ser reevaluadas por otro grupo de médicos cirujanos.

En resumen, la Ley N°21.309 busca brindar un apoyo fundamental a las personas que enfrentan una enfermedad terminal, a través de beneficios previsionales y un proceso de certificación médica transparente y justo. La creación del Consejo Médico y del Consejo Médico de Apelación, junto con la implementación de la Norma Técnica, son pilares fundamentales para asegurar la correcta aplicación de la ley y el acceso a los beneficios para quienes los necesitan.

 

Pensión Anticipada para Enfermos Terminales: Guía Completa

 

¿En qué consiste el beneficio de enfermedad terminal?

La Ley N°21.309 ofrece a los afiliados y pensionados diagnosticados con una enfermedad terminal la posibilidad de acceder a una pensión anticipada, también conocida como Renta Temporal. Esta se calcula en base al saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual y se paga en un período de 12 meses. Es importante destacar que la AFP reservará una parte de los fondos para cubrir eventuales pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria.

Además, existe la opción de reducir la renta temporal al monto equivalente a la Pensión Básica Solidaria (PBS) para mayores de 80 años. La diferencia entre la renta temporal original y la reducida puede ser retirada como un Excedente de Libre Disposición (ELD).

 

¿Quiénes pueden acceder a los beneficios de la enfermedad terminal?

Afiliados activos: Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia que estén recibiendo su pensión bajo las modalidades de:

* Retiro programado

* Retiro programado con renta vitalicia inmediata

* Renta temporal con renta vitalicia diferida

 

¿Qué se entiende por enfermedad terminal?

Se considera enfermo terminal a toda persona que padezca una enfermedad o condición patológica grave, con las siguientes características:

* Diagnóstico confirmado

* Carácter progresivo e irreversible

* Sin tratamiento curativo disponible o que los tratamientos existentes hayan dejado de ser eficaces

* Expectativa de vida menor a 12 meses

 

¿Cómo solicitar la Pensión Anticipada por enfermedad terminal?

La solicitud se puede realizar a través de los siguientes canales de la AFP correspondiente:

Sitio web
Centro de atención telefónica
Sucursales

 

Pasos a seguir para la solicitud por enfermedad terminal

Certificado médico: El primer paso es obtener un certificado médico que acredite la condición de enfermo terminal. Este debe ser emitido por el médico tratante y firmado por el director médico (o su equivalente) del establecimiento de salud donde se atiende al paciente. El médico tratante debe completar el certificado en línea a través de la plataforma habilitada para ello.

Envío del certificado:

Entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022: El médico imprime, firma y timbra el certificado, y lo entrega al solicitante (en físico o por correo electrónico). El solicitante debe llevarlo al establecimiento de salud donde ha sido atendido para que completen los datos y lo firmen. El establecimiento devuelve el certificado al solicitante y envía una copia al correo electrónico registrado.

Desde el 1 de julio de 2022 (o antes si el establecimiento está en la plataforma): El médico deriva el certificado electrónicamente al establecimiento de salud para su firma.

Presentación de la solicitud: Una vez completo el certificado, se debe adjuntar a la solicitud de beneficios previsionales (Ley N° 21.309) y presentarla en la AFP.

 

¿Qué documentos se necesitan para la enfermedad terminal?

 

Si la solicitud la presenta el afiliado o beneficiario: Cédula de identidad vigente (o Clave de Acceso si está vencida).

Si la solicitud la presenta un mandatario:

* Cédula de identidad vigente.

Uno de los siguientes documentos:

* Mandato o poder general amplio (escritura pública o instrumento privado ante notario).

* Mandato especial simple (ante notario) y declaración jurada del mandatario.

* Mandato vigente para el cobro de pensión.

* Autorización para que el Consejo Médico revise la ficha clínica.

 

¿Por qué pueden rechazar mi solicitud de Pensión Anticipada por Enfermedad Terminal?

* No se recibe el certificado médico dentro del plazo de 10 días hábiles (se puede volver a presentar la solicitud cumpliendo los requisitos).

* El afiliado tiene saldo cero en su cuenta (excepto si tiene Bono de Reconocimiento, solicita traspasos de otros fondos o está cubierto por el Seguro SIS.

* El certificado médico no está validado (nombres, RUT, información completa, RUT del médico inscrito, firma y timbre).


Información importante antes de solicitar.

Afiliados pensionados:

* Instituciones donde tiene ahorros voluntarios (si los quiere incluir).

* Datos bancarios para el depósito (cuenta unipersonal).

Afiliados activos:

* Previsión de salud (si es Isapre, monto en UF del plan).

* Instituciones donde tiene ahorros voluntarios (si los quiere incluir).

* Datos bancarios para el depósito (cuenta unipersonal).

* Datos de los beneficiarios de pensión (RUT, parentesco, nombre, fecha de nacimiento, género).

* Si la solicitud la hace un mandatario: Debe adjuntar el tipo de mandato que tiene.

 

¿Puede otra persona hacer la Solicitud de Enfermedad Terminal por mí?

Sí, si el afiliado no puede hacerlo personalmente, puede hacerlo un mandatario con:

* Mandato o poder general amplio (escritura pública o instrumento privado ante notario).

* Mandato especial simple y declaración jurada.

* Mandato especial (escritura pública o instrumento privado ante notario).

* Mandato vigente para el cobro de pensión.

* Importante: Solo los mandatos generales amplios permiten también cobrar la pensión.

* Si el afiliado o beneficiario está interdicto, la solicitud la puede hacer su curador.

Plazos de pago

El pago se realiza a más tardar el cuarto día hábil después de:

* La notificación de la certificación del Consejo Médico (si no hay derecho a ELD).

* Que el afiliado elija el monto de la renta temporal y el ELD (si corresponde).

Pronunciamiento del Consejo Médico

* La AFP envía la solicitud al Consejo Médico.

* El Consejo Médico tiene 5 días hábiles para pronunciarse (puede extenderse a 10 si necesita más antecedentes).

* La certificación se envía al correo electrónico y se considera notificada al tercer día.

 

¿Se puede apelar al rechazo del Consejo Médico?

Sí, se puede apelar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, presentando la apelación en línea con nuevos antecedentes médicos.

 

¿Es obligatorio acogerse al beneficio?

No, es opcional.

¿Qué pasa si el enfermo terminal vive más de 12 meses?

* Si hay saldo reservado, se seguirá pagando la renta temporal con ese saldo.

* Si no hay saldo, se puede optar a la Pensión Básica Solidaria (si se cumplen los requisitos).


¿Qué pasa si el enfermo terminal fallece antes de los 12 meses?

El saldo restante se usa para financiar las pensiones de sobrevivencia (si las hay) o se suma a la herencia.

 

¿Cómo se calcula la renta temporal para beneficiarios de pensión de sobrevivencia?

Se calcula a 12 meses y se financia con la proporción del saldo que le corresponde al beneficiario. No hay reserva para futuras pensiones ni derecho a ELD.

Financiamiento

La renta temporal se financia con:

* Saldo de la Cuenta de Cotizaciones Obligatorias

* Saldo de la Cuenta de Afiliado Voluntario

* Saldo por depósitos convenidos

* Bono de reconocimiento

* Ahorros voluntarios destinados a este beneficio

* Aporte Adicional (para afiliados no pensionados cubiertos por el SIS)

 

¿Se entregan todos los ahorros por enfermedad terminal de una vez?

No, se paga en una renta temporal de 12 meses. Se puede optar por reducirla a la PBS para mayores de 80 años y retirar la diferencia como excedente de libre disposición ELD.

 

¿Qué es el ELD?

Es un monto que excede el cálculo de la pensión y se entrega de libre disposición al afiliado. Se puede retirar si la renta temporal es mayor a la PBS para mayores de 80 años. También se puede solicitar ajustar la renta temporal a la PBS para retirar el saldo como ELD.

 

¿Cómo se paga la renta temporal?

Si la renta temporal es mayor a la PBS para mayores de 80 años, se puede elegir:

* Renta Temporal máxima y ELD cero.

* Renta Temporal mínima (PBS) y ELD máximo.

* Fijar un monto en UF de ELD y ajustar la Renta Temporal.

* Fijar un monto en UF de la Renta Temporal y ajustar el ELD.

* Si el ELD máximo es mayor a 800 UTM, optar por un ELD de hasta 800 UTM (exento de impuesto).
Impuestos

* El ELD hasta 800 UTM está exento de impuesto (una sola vez).

* La renta temporal puede tener descuentos (salud, préstamos, etc.).

Costos y comisiones

El trámite es gratuito y la AFP no cobra comisiones por el pago de la renta temporal.

¿Se puede retirar todo el saldo de una vez?

No, la ley establece una renta temporal de 12 meses. Se puede retirar ELD si corresponde, pero no la totalidad de los ahorros.

 

¿Qué pasa si la renta temporal es menor a la PBS?

La AFP libera el saldo reservado para pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria para que la pensión sea igual o cercana a la PBS. El solicitante puede tener derecho a Aporte Adicional Solidario.

 

¿Te han diagnosticado una Enfermedad Terminal? Te ayudamos a conseguir tu pensión

 

Sabemos que un diagnóstico de enfermedad terminal es un momento difícil, y lidiar con los trámites de pensión puede añadir aún más estrés. ¡No te preocupes, estamos aquí para ayudarte!

 

Nuestro equipo de expertos te guiará en cada etapa del proceso, asegurando que:

 

* Comprendas los requisitos específicos para tu situación particular.

* Reúnas la documentación necesaria de manera clara y sin complicaciones.

* Cumplas con todos los plazos legales sin demoras ni contratiempos.

 

¡No pierdas tiempo ni energía en trámites burocráticos! Obtendrás la pensión y beneficios que te corresponden por ley.

 

¡Contáctanos hoy mismo!

 

* Completa nuestro formulario en línea: Un asesor previsional se pondrá en contacto contigo a la brevedad.

* Haz clic en nuestro ícono de WhatsApp: Chatea con nosotros o déjanos un mensaje.

* Escríbenos un E-mail: Responderemos todas tus consultas.

* Llámanos: Te brindaremos atención personalizada.

* Agenda una reunión: Virtual o presencial, ¡tú eliges!

 

Encuentra los enlaces de nuestros asesores previsionales registrados más abajo.

 

Tu tranquilidad y la de tu familia son nuestra prioridad. ¡Permítenos acompañarte en este proceso y asegurar un futuro más estable para tus seres queridos!

 

¡Da el primer paso ahora mismo! ¡No estás solo en esto!

 

 

Inicio de mi tramite pensión de jubilacion con asesor previsional

Inicio de mi tramite pensión de jubilacion con asesor previsional y la mejor renta a su alcance, le conseguiremos el mejor retiro de acuerdo con el ahorro que logró, con una renta mensual que podría ser mejor de acuerdo con sus circunstancias e intereses, tomando en cuenta todos los aspectos. 

 "Obtenga la Mejor Pensión con Asesoría Experta"

Enfrentar la jubilación puede ser un proceso complejo, lleno de incertidumbres y donde hay preguntas frecuentes que hacen los afiliados antes de jubilarse. Más Pensión especializada en brindar asesoría previsional, nos dedicamos a guiarle hacia el mejor retiro posible, maximizando los beneficios de su fondo de pensiones. Con una experiencia consolidada en el sistema previsional chileno, le ofrecemos un servicio integral para asegurar que su transición hacia la jubilación sea fluida y beneficiosa.

Servicios de Asesoría Especialista para su Jubilación

 

Asesoría Especializada: Nuestro equipo de expertos, compuesto por Correa Mujica & Reitze asesores previsionales está altamente cualificado y registrado en la Superintendencia de Pensiones. Le ayudaremos a comprender todas sus opciones y a seleccionar la modalidad de pensión que mejor se adapte a sus necesidades y expectativas.

Gestión Integral de Trámites: Nos encargamos de todo el proceso de pensión para su jubilación de tal manera que usted no tenga que preocuparse por los detalles burocráticos. Nuestro objetivo es facilitarle un camino claro y sin estrés hacia su retiro.

Maximización de Beneficios: A través de estrategias probadas y un conocimiento profundo del sistema, trabajamos para que obtenga la máxima pensión posible, basada en sus ahorros y circunstancias particulares. 

Somos Confiables: Estamos acreditados e inscritos en el Registro de Asesores Previsionales.

                                    asesores previsionales más pension

¿Qué esperas? ¡Contáctenos hoy mismo e inicie su trámite de pensión de jubilación!

Haz clic al tiro en el formulario web o llama a los números 224945500  o  +56993402000  y/o  +56993439840 y/o  +56988371995 (llamada por voz o WhatsApp). ¡Muchas gracias!

Asesores  Pension

 Somos los especialistas  Luis Fernando Correa,    Alejandro Mujica   &   Eugenio Reitze, expertos en asesoría previsional en Chile, debidamente acreditados en la Superintendencia de Pensiones con los números 247, 1013 y 1153 respectivamente, disponibles a tiempo completo para atender sus requerimientos de datos e información y gestión de su jubilación en inglés o español.

Inicie su Trámite de Jubilación Hoy

No espere más para comenzar a iniciar su jubilación. Contáctenos a través de nuestro formulario web o llámenos directamente a los números 224945500, +56993402000, +56993439840, o +56988371995 respectivamente (también disponible para-WhatsApp). Nuestro equipo está listo para proporcionarle la asesoría que necesita para asegurar una jubilación cómoda y segura dentro de lo que es posible.

¿Por Qué Elegirnos?

Experiencia Comprobada: Más de dos décadas de servicio continuo nos respaldan, ofreciendo resultados tangibles y confiables.

Transparencia Total: Mantenemos una comunicación clara y directa, asegurando que esté bien informado sobre todas sus opciones.

Confiabilidad: Nuestra práctica está fundamentada en principios éticos y cumplimiento normativo, garantizando un servicio honesto y eficaz, al servivio de nuestro cliente.

Más Información y Recursos

Si desea profundizar en temas relacionados con la asesoría previsional, le invitamos a explorar secciones informativas en nuestro sitio web, como "¿Qué es un Asesor Previsional?", "Asesoría Previsional: Costos y Beneficios". Estos recursos están diseñados para proporcionarle una comprensión completa de cómo podemos ayudarle a alcanzar la mejor jubilación posible.

¡No espere más! ¡Contáctenos hoy y dé el primer paso hacia una jubilación segura y beneficiosa para usted y su grupo familiar!

Mapa de mas pensión.cl ¿Le gusto este sitio?, ¡Recomiende esta web!. Se ve mejor y escucha en computadora.

 

 {call2action}

 

Para iniciar el trámite para su jubilación con asesoría previsional, contacta hoy e iniciemos el proceso, coticemos ofertas para la aceptación y selección de pensión para recibir una renta mensual desde pronto hacia adelante, confíe y comuníquese más temprano que tarde con Luis Fernando Correa como tambiénAlejandro Mujica, y Eugenio Reitze, registrados con los números 247; 1013 y 1153 respectivamente.

Maspension.CL

asesor previsional mejor jubilacion

Dónde estamos

Vaticano 4233, Las Condes, Santiago / Chile

Teléfonos celulares: +56993402000; +56993439840 y +56988371995

consultas@maspension.cl