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Retirar excedente de libre disposición AFP ¿cómo se calcula? con todo el capital que sobre después de haber obtenido la pensión de referencia que se necesita para jubilar.

Para retirar excedente de libre disposición AFP

 

Debes cumplir con los siguientes requisitos:

Tener 10 años de afiliación a cualquier sistema previsional chileno.
Recibir una pensión igual o mayor al 70% del promedio de tus ingresos de los últimos 10 años.
Que el monto de tu pensión sea mayor a 12 UF ($446.312 al 16-04-2024)
Si cumples con estos requisitos, el monto de tu excedente de libre disposición se calculará de la siguiente manera:
Excedente = Saldo Total - Saldo Mínimo - Bono de Reconocimiento

 

Donde:

Saldo Total es el saldo de tu cuenta de capitalización individual, incluyendo el bono de reconocimiento.
Saldo Mínimo es el saldo que debes mantener en tu cuenta para financiar tu pensión, según la tabla siguiente:


Edad Saldo Mínimo
65 años 20 UF
66 años 22 UF
67 años 24 UF
68 años 26 UF
69 años 28 UF
70 años 30 UF

 

Bono de Reconocimiento es un bono que te entrega el Estado si tienes cotizaciones en el antiguo sistema previsional.
Por ejemplo, si tienes un saldo total de 100 UF, un saldo mínimo de 20 UF y un bono de reconocimiento de 10 UF, tu excedente de libre disposición sería de:

Excedente = 100 UF - 20 UF - 10 UF = 70 UF

El excedente de libre disposición se puede retirar en una sola vez o en cuotas mensuales. Para retirarlo, debes presentar una solicitud a tu AFP.

Es importante tener en cuenta que el retiro del excedente de libre disposición puede afectar el monto de tu pensión. Por lo tanto, es recomendable que consultes con un asesor previsional antes de realizar el retiro.

 

Excedente de libre disposición

 

 

Se define como Excedente de Libre Disposición (ELD) el saldo que queda en la cuenta de capitalización individual del afiliado después de hacer efectiva su pensión, siempre y cuando ésta cumpla con los requisitos que se indican.

Que el afiliado que cuente por lo menos con diez años de afiliación en su sistema previsional y este podrá retirar parte del saldo de su cuenta de capitalización individual como excedente si sus fondos previsionales le permiten conseguir una pensión de a lo menos igual al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles y rentas declaradas mayor e igual a UF. 12 unidades de fomento.

Los afiliados que deseen retirar este beneficio deberán indicarlo en la respectiva Solicitud de Ofertas, señalando si desean se les cotice considerando el monto máximo posible a retirar, un monto específico por ellos definido o ambos. La modalidad de Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado se cotizará con excedente sólo si el consultante señala un monto específico de excedente, de lo contrario, se considerará que el consultante no solicitó ELD.

Es más fácil entenderlo así:

Uno de los requisitos de una pensión anticipada es que el capital acumulado alcance para una pensión equivalente al 70% del promedio imponible de los 10 últimos años, llamada pensión de referencia.

Todo el capital que excede a ese requisito se puede retirar como excedente en el momento de pensionarse, con un tope exento de impuestos de 800 UTM dentro del año, o retirar 1200 UTM repartidos en 6 años.

De las personas que yo he pensionado y han retirado estos excedentes, todas han elegido la opción de retirar 800 UTM el mismo año.

 

El APV permite maximizar los resultados de su inversión y su futura pensión, con el retiro del Excedente Libre de Disposición.

El Excedente Libre de Disposición es parte del trámite de jubilación que yo como asesor previsional le puedo hacer para usted.

Es una opción personal que es buena si usted puede invertir mejor que su AFP.

También a algunas personas les ha servido para terminar de pagar créditos o ayudar a sus nietos para la universidad, comprar otra propiedad o darse un gusto como viajar.

¿Cómo conseguir Excedente de Libre Disposición en Chile? cotizando más para retirar todo el capital que le sobre después de requisitos para jubilar exento de impuestos hasta 800 UTM en un año o hasta 1200 UTM en seis años.

Requisitos para retiro de excedente de libre disposición:

Tener 10 años de afiliación en cualquier sistema previsional.

El Excedente de Libre Disposición (ELD) es el monto que resulta de la resta del monto total de capital de la cuenta individual (Cotizaciones Obligatorias + APV) menos el capital mínimo necesario para pensionarse (monto suficiente para financiar una pensión que sea al menos el monto mayor entre el 70% del promedio de la renta de los 10 últimos años y rentas declaradas mayores o iguales a UF. 12 unidades de fomento.

El retiro de ELD tiene beneficios tributarios según la alternativa de retiro que se escoja:

Retirar hasta 800 UTM de una sola vez exento de impuestos, siempre y cuando las cotizaciones voluntarias tengan una antigüedad mayor a los 48 meses (42 ter)

Retirar hasta 200 UTM anuales por 6 años, es decir, 1.200 UTM, siempre y cuando las cotizaciones voluntarias tengan una antigüedad mayor a los 48 meses.

Si las cotizaciones voluntarias son anteriores al 7 de Noviembre del 2001, se podrán retirar sujetas al artículo 71 que considera una tasa promedio para el retiro de ELD.

* Es importante destacar que los retiros de Depósitos Convenidos no tendrán beneficio tributario en el caso de acogerse al régimen nuevo (42 ter) y no podrán ser retirados los anteriores al 7 de Noviembre del 2001 si se opta por el régimen antiguo (Art. 71 Antiguo).

¿Qué es el excedente de libre disposición?

Son Fondos remanentes en la cuenta de capitalización individual, luego de efectuado el cálculo del monto necesario para la obtención de pensión y descontado del saldo acumulado, el cual, como su nombre lo indica, queda a disposición del afiliado para los usos que éste estime conveniente, si es que así lo desea.

¿Cómo se si tengo derecho a retirar excedente?

La respectiva administradora debe determinar el derecho a retirar excedente de libre disposición para todos aquellos afiliados que soliciten pensión de vejez por edad legal, vejez anticipada, o sean dictaminados inválidos definitivos, como asimismo todos aquellos ya pensionados que los soliciten suscribiendo expresamente el formulario "Solicitud de Cálculo de Excedente de Libre Disposición".

¿Qué requisitos debo cumplir para tener derecho a retirar estas sobras?

Para tener derecho a retirar el trabajador debe tener 10 años de afiliación en cualquier sistema previsional y cumplir con uno de los siguientes requisitos:

Obtener una pensión bajo la modalidad de renta vitalicia inmediata o diferida al menos igual al 70% del promedio de sus remuneraciones y rentas declaradas mayores o iguales a UF. 12 unidades de fomento.

Tener un saldo superior al saldo mínimo si está o se pensiona bajo la modalidad de retiro programado. El saldo mínimo es el capital necesario para pagar una pensión equivalente al 70% del promedio de sus remuneraciones y rentas declaradas mayores o iguales a UF. 12 unidades de fomento.

¿Se pueden retirar los depósitos convenidos como excedente de libre disposición?

Sí, los depósitos convenidos pueden ser retirados como excedentes.

Si recibo una Pensión de Sobrevivencia, ¿puedo retirar el ELD?

No, la ley sólo faculta a los afiliados para ejercer este derecho.

Fuente: Superintendencia de Pensiones.

 

¿Cómo conseguir Excedente de Libre Disposición en Chile? cotizando más

 

Para conseguir excedente de libre disposición en Chile, hay dos maneras principales: cotizando más y cotizando APV.

 

Cotizando más:

El excedente de libre disposición se calcula como la diferencia entre el saldo de la cuenta de capitalización individual del afiliado y el monto necesario para financiar una pensión igual o mayor al 70% del promedio de los ingresos que tuvo en los últimos 10 años antes de pensionarse (debidamente actualizados).

Por lo tanto, para aumentar el saldo de la cuenta de capitalización individual y, con ello, las posibilidades de obtener excedente de libre disposición, es necesario cotizar más. Esto se puede hacer aumentando el porcentaje de cotización obligatoria, cotizando voluntariamente o, si es posible, combinando ambas opciones.

 

Cotizando APV:

El ahorro previsional voluntario (APV) es un instrumento de ahorro previsional que permite a los afiliados aumentar sus ahorros para la jubilación. Las cotizaciones a APV son voluntarias y se pueden realizar en cualquier momento, sin necesidad de cumplir con un mínimo de cotizaciones obligatorias.

Las cotizaciones a APV se suman al saldo de la cuenta de capitalización individual, por lo que también pueden contribuir a aumentar las posibilidades de obtener excedente de libre disposición.

En concreto, las cotizaciones a APV se suman al saldo de la cuenta de capitalización individual de la siguiente manera:

Las cotizaciones a APV obligatorias, que son el 10% del excedente de libre disposición, se suman al saldo de la cuenta de capitalización individual sin tope.

Las cotizaciones a APV voluntarias, que son el excedente de libre disposición que supera el 10%, se suman al saldo de la cuenta de capitalización individual hasta un tope de 200 unidades tributarias mensuales (UTM) por año.

Por ejemplo, si un afiliado tiene un saldo de 100.000 UTM en su cuenta de capitalización individual y cotiza 10.000 UTM adicionales a APV, el saldo de su cuenta se incrementará a 110.000 UTM. Si estas 10.000 UTM adicionales a APV son cotizaciones obligatorias, se sumarán al saldo de la cuenta sin tope. Si, por el contrario, son cotizaciones voluntarias, se sumarán al saldo de la cuenta hasta un tope de 20.000 UTM.

 

En resumen, las dos maneras principales de conseguir excedente de libre disposición en Chile son cotizando más y cotizando APV. Cotizando más se aumenta el saldo de la cuenta de capitalización individual, lo que puede conducir a un excedente de libre disposición más alto. Cotizando APV se suman los aportes al saldo de la cuenta de capitalización individual, lo que también puede contribuir a aumentar las posibilidades de obtener excedente de libre disposición.

PARA RETIRAR EXCEDENTES DE LIBRE DISPOSICIÓN

Todo el capital que sobre la pensión de referencia se puede retirar como excedente de libre disposición exento de impuestos hasta 800 UTM o 1200, al contado o en seis años.

El ELD se solicita marcándolo en la Solicitud de Ofertas para cotizar en el Sistema de Consultas Ofertas de Montos de Pensión, previo a la selección de oferta der pensión para jubilarse en la AFP.

El excedente de libre disposición paga impuesto, porque aunque una parte este exento de impuestos, paga la parte de abajo de la tabla al restar el monto del excedente de la la parte tributaria a pagar.

Para retirar excedente de libre disposición AFP ¿cómo se calcula? con todo el capital que sobre después de haber obtenido la pensión de referencia que se necesita para jubilar.

 

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Muy agradecidos esperamos sus consultas.

 

¡Hasta la vista!

 

 

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